EL negocio de hidrocarburos se encuentra regulado en toda la cadena de valor. Por tal motivo, el artículo 28 del Código Federal de la Federación CFF. establece que quienes ¨produzcan, procesen, transporten y almacenen hidrocarburos¨ deberán registrar en software de controles volumétricos y contable las respectivas operaciones debidamente certificadas para el cumplimiento de las obligaciones fiscales. Para el cumplimiento de estas obligaciones, se requieren de un adecuado registro de los costos de inventario y almacenamiento de acuerdo con las fluctuaciones de los precios del combustible determinados por el libre mercado que aplica en México.
Dentro de los costos fiscales que afectan el precio final de la gasolina y Diesel, esta Impuesto Especial sobre Producción y Servicio IEPS que es responsabilidad de los fabricantes productores e importadores. Para mitigar este impacto, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público SHCP, semanalmente establece mediante el Diario Oficial de la Federación DOF, estímulos al Impuesto Especial sobre Producción y Servicio IEPS, beneficiando al consumidor final. De esta forma estabiliza el precio de acuerdo con las variaciones internacionales del petróleo. El IEPS finalmente no afecta las Estaciones de Servicios EDS o gasolineras, pero si debe registrarse de forma separada en la contabilidad de los responsables de este impuesto, con el objeto de identificar la proporción de estos beneficios fiscales, dentro de los costos operacionales. Por lo anterior, es indispensable el control sobre facturación de ventas y costos con el objeto de determinar la liquidación final de las obligaciones fiscales
Colombia
+57 3175107441
info@valoremp.com
Carrera 54D #134-30 Of. 3–601
Edificio San Rafael
Bogotá D.C., Colombia
México
+52 5582468943
info@valoremp.com
C. Olivar 37, Progreso Tizapán,
Álvaro Obregón,
01080 Ciudad de México